• NORMAS PARA EL SUB-FORO "TERTULIA"

    A partir de la fecha 22/01/2012 en este sub-foro -además de las Normas Generales-, regirán las siguientes normas particulares:

    1. Los temas que se creen, serán como se indica en la descripción del subforo, para DEBATIR y OPINAR sobre temas que no estén relacionados con la relojería.

    2. Si un usuario crea un tema concreto (por ej. "Mi colección de sellos"), todos los demás aportes de dicha temática que realice, deberá hacerlos bajo el mismo hilo que inició, evitando dispersar multitud de aportes idénticos en el sub-foro. De no realizarlo de ese modo, el Staff procederá directamente a su borrado, sin más.

    3. No se permitirá la creación de temas sin sentido, de escaso interés colectivo, o cuya nula generación de debate haya ya sido comprobada con anterioridad (como por ej.: datos estadísticos, cotizaciones, frases célebres, refranes, efemérides y similares).

    4. Las intervenciones en este sub-foro NO computarán en el contador de intervenciones de los usuarios.

    5. FdR se reserva el derecho de ampliar estas normas en cualquier momento y sin previo aviso.

Centro Relojero Pedro Izquierdo

Ley del paro para autónomos (rudimentos de mnemotecnia)

Claudio

Baneado
Hace unos pocos días salió publicada en el BOE la Ley 32/2010, del paro para trabajadores autónomos. El acordarse del día del boletín en que se publicó es de lo más sencillo que uno imaginarse pudiera. El año está claro, es difícil de olvidar, puesto que es el que marca la más profunda sima de la CRISIS y el que, supuestamente, marcará la ascensión (aunque apenas apreciable) hacia la recuperación; es decir, 2010; o sea, 10. El mes es el número par más inmediato por abajo, o sea, el 8 (agosto). Como se comprenderá, y por razones obvias, ya que estamos hablando de una sencilla regla, el día debería ser el 6, como así es. En resumidas cuentas: 06-08-2010.
(La imagen enlaza con la página oficial del BOE.)
<a target='_blank' href='http://www.boe.es/boe/dias/2010/08/06/pdfs/BOE-A-2010-12616.pdf'><img src='http://img29.imageshack.us/img29/7451/leydelparoparaautonomos.jpg' border='0'/></a>​

Rizando el rizo podríamos decir que el número de la Ley es el que contiene dos dígitos que, multiplicados, nos dan el número del día, 6; aunque pudiera haber confusión entre 23 y 32. En lo que no hay confusión es en el día en que se aprobó la Ley, el 5 de agosto; o sea, el día anterior a su publicación, cosa habitual cuando lo que se publica es de la importancia o magnitud de lo que se trata en este caso.
 
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